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DATOS DE FACTURA AL CREDITO SON OBLIGATORIOS

  • Foto del escritor: ContaPeru Asesores
    ContaPeru Asesores
  • 27 dic 2021
  • 1 Min. de lectura

En el supuesto que se efectúe la adquisición de bienes y servicios cuyo importe total se paga en fechas posteriores a la fecha de emisión del comprobante de pago electrónico, el emisor del comprobante de pago electrónico (factura o recibo por honorario) debe señalar en este, como modalidad de pago, "crédito", consignando además el monto neto pendiente de pago y la fecha de vencimiento del pago único o de las cuotas y los montos correspondientes a cada cuota.


NORMAS Y JURISPRUDENCIA



Informe N° 092-2021-SUNAT/7T0000

 
 
 

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