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IGV DE ADQUISICIONES PRODUCTO DE INDEMNIZACIÓN RECIBIDA NO ES CRÉDITO FISCAL

  • Foto del escritor: ContaPeru Asesores
    ContaPeru Asesores
  • 28 mar 2022
  • 1 Min. de lectura

Actualizado: 6 abr 2022

No constituye crédito fiscal el Impuesto General a las Ventas pagado por la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción, o el pagado en la importación del bien o con motivo de la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados, realizadas con el importe entregado por una compañía de seguros en calidad de indemnización para la reposición del activo fijo siniestrado.


NORMAS JURISPRUDENCIA

 
 
 

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